La vuelta al cole está a la vuelta de la esquina y, entre las muchas cosas de las que los padres tenemos que preocuparnos – material escolar, uniformes, comedores, actividades extraescolares-,  está la cuestión del autocar. El Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores regula este tema. Vamos a repasar algunos de los puntos más relevantes para que no olvidemos cuáles son los derechos de nuestros hijos como usuarios de transporte escolar:

  1. El autobús no debe tener más de dieciséis años de antigüedad el día 1 de septiembre, ya que se considera ésta como la fecha de inicio del curso escolar.
  2. Por motivos de seguridad, las ventanas no pueden abrirse de par en par. Sólo puede abrirse el tercio superior de las mismas
  3. Si tu hijo tiene algún tipo de problema de movilidad reducida, deberán estar siempre disponibles las plazas más cercanas a las puertas para él.
  4. Los asientos que no estén protegidos por el respaldo delantero de otro asiento, así como aquéllos que den a pozo de escalera han de tener un elemento fijo de protección que no dé lugar a dudas sobre la seguridad del pasajero.
  5. Con el objeto de impedir accidentes, el suelo del vehículo no puede ser susceptible de provocar el deslizamiento de los zapatos de los niños.
  6. Las puertas de emergencia deben poderse abrir de forma sencilla tanto desde el interior como desde el exterior. Además, los autocares deben llevar obligatoriamente martillos rompecristales.
  7. El autocar cuando se encuentre en servicio de transporte escolar ha de llevar un indicativo a tal efecto tanto en la parte frontal como en la parte posterior del vehículo que ha de poder verse con facilidad.
  8. A parte del conductor, es obligatoria la presencia en el interior del vehículo de una persona mayor responsable de los niños.
  9. La duración del viaje no debe sobrepasar una hora por cada sentido del viaje. Excepcionalmente, quizá, este tiempo podría ampliarse.

Transportar a niños a casa es una responsabilidad máxima. Y la compañía de transportes que asuma esa responsabilidad debe atender la normativa de forma exquisita. Así pues, si percibes algo extraño en esta vuelta al cole en el autocar escolar de tus hijos, gracias a este post, tienes algunos elementos de juicio más con los que poder dirimir lo adecuado de las condiciones del transporte que les llevará y traerá de casa al cole y viceversa.